Autonomía universitaria

Libertad de cátedra y autonomía universitaria

La libertad de cátedra es un principio medular de la autonomía universitaria. Esta, la autonomía universitaria, se expresa fundamentalmente en el principio de la libertad de cátedra.

Libertad de cátedra, definición

La libertad de cátedra es la expresión del derecho a la libertad académica. Es decir, del derecho que le permite a estudiantes y docentes poder investigar y descubrir leyes que rigen la realidad social, de la Naturaleza, de la información y del conocimiento.

Asimismo, es el derecho que le permite al docente y al estudiante proponer invenciones científicas y tecnológicas para la solución de problemas de la realidad; hacer conservación y transferencia del conocimiento en función de la verdad y divulgar haciendo público este conocimiento, sin la presión inquisitorial o el acoso institucional, político o gubernamental a través de la censura.

La libertad de cátedra, como libertad académica es consustancial a la búsqueda, hallazgo y práctica de la verdad, es decir, de la concordancia entre e pensar y e existir de los elementos que conforman un determinado sistema. Incluye lógicamente el respeto a la opinión y al saber, tanto de estudiantes como de docentes.

Libertad de cátedra y libertad de expresión

La libertad de cátedra es una manifestación de la libertad de expresión. La libertad de expresión es un derecho humano contenido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948,  que dice:

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Libertad de cátedra y libertad de pensamiento

La libertad de cátedra es, además, una expresión de la libertad intelectual o sea de pensamiento que le permite al individuo y a los grupos ligarse en opinión, ideología, creencia o saber. Se relaciona eso, claro está, con la libertad de expresión y la libertad científica o a práctica científica libre.

La libertad de pensamiento y su expresión la libertad de cátedra puede es considerado dentro de los derechos civiles y políticos y está implícito en los derechos humanos de primera generación. La libertad de opinión y de prensa está ligada a este derecho.

Libertad de cátedra como garantía constitucional

Las luchas sociales han llevado este principio a su reconocimiento constitucional. Hoy, la libertad de cátedra está reconocida en países diversos, desde sus propias constituciones. Algunos ejemplos pueden ser:

Perú, cuya constitución la incorpora en su artículo 21, vigente desde 1979; Ecuador que la contempla en la carta Magna en su artículo 29;  Alemania, pionera de este principio, la registra en su Constitución  en su artículo 5 inciso 3 que dice: “El arte y la ciencia son libres. La libertad de enseñanza no exime de la lealtad a la constitución”.

Constitución mexicana, por su parte, reconoce en el artículo 5 número VII lo siguientes:

«Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas».

La Constitución Política de Colombia, al respecto de la libertad de cátedra establece, en su artículo 27 que «El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra»,

Otros Estados, es el caso de Chile, aunque no la contemplan directamente, la libertad de cátedra está implícita en articulados referidos a derechos conexos, como el de la libertad de expresión propuesta en el artículo 19, numeral 12 que indica:

«la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en conformidad a la ley, la que deberá ser de quórum calificado».

Así, pues, he tratado de mostrar que el principio de libertad de cátedra es esencial para la práctica de la autonomía universitaria.

Que la libertad de cátedra es una expresión del derecho a la libertad de expresión y por lo tanto de pensamiento.  

Que ha sido reconocido constitucionalmente por diversos países por no decir, por la mayoría.  

Acerca del autor

Lizardo Carvajal Rodríguez

Escritor colombiano, autor de más de veinte títulos en las áreas de metodología de la investigación, teoría tecnológica, historia y clasificación de la ciencia, poética y teoría solidaria y cooperativa.

Docente universitario en la Universidad Libre y en la Universidad Santiago de Cali, por más de treinta años en áreas relacionadas con métodos de investigación, métodos de exposición, clasificación e historia de la ciencia.

Editor académico y científico de obras de autores universitarios, grupos de investigación e instituciones de nivel superior y de autores independientes en Colombia, a través del proyecto Poemia, su casa editorial, Colombia si tiene quien le escriba y promotor de las mesas de redacción como estrategia de producción de textos.

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